El pasado 3 de febrero de 2022, la República Argentina publicó en Boletín Oficial, la disposición Nro. 188/2022 (DISFC-2022-188-APN-PNA#MSG) de la Prefectura Naval, en la cual se incorporaron a la legislación argentina las “Normas de seguridad para los buques que utilicen gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación”.
Estas normas receptan la Resolución MSC.391 del Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la Organización Marítima Internacional (OMI).
A juicio de expertos, la medida complementa otro de los grandes pasos en materia de medio ambiente para Argentina.
Esta disposición adoptó el Código Internacional de Seguridad para los Buques que Utilicen Gases u Otros Combustibles de bajo Punto de Inflamación (Código IGF), aplicable a los buques que consumen combustibles de bajo punto de inflamación, excepto aquellos que estén regidos por el Código Internacional para la Construcción y el Equipo de Buques que Transporten Gases Licuados a Granel (Código CIG) como es el caso de los buques metaneros o gaseros de porte.
De acuerdo con Erick Alejandro Oms, Socio en Lesmi & Moreno y experto en Derecho y Transporte Marítimo, la incorporación a la legislación interna Argentina, abre la puerta a la era del uso del GNL como combustible marino: «si bien es cierto que Argentina es pionera en Sudamérica con el abastecimiento del ferry “HSC Francisco” -también conocido como «el Concorde de los mares», con su propulsión a chorro a gas natural licuado (GNL) que puede alcanzar velocidades de 58 nudos (107 km/h) mientras transportar 1.000 pasajeros y 150 vehículos-, la Disposición de la Autoridad Marítima Argentina alienta al uso del GNL en embarcaciones, no solo marítimas sino también en las fluviales como es el caso del gran tráfico que se mantiene en la hidrovía Paraguay Paraná».
La Organización Marítima Internacional (OMI) invitó a los gobiernos a considerar la posibilidad de aplicar el Código IGF con carácter voluntario, en la medida de lo posible, a los buques de carga de arqueo bruto inferior a QUINIENTOS (500) que consuman gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación, como es el caso del uso del Gas Natural Licuado (GNL) como bunker.
El uso del gas como combustible, especialmente el GNL o comprimido (GNC), para motores propulsores, auxiliares y otros equipos de buques se encuentra en plena expansión en razón a los ahorros de costo y la reducción del impacto ambiental proveniente de las emisiones de gases contaminantes.
Bunkering a GNL
El bunkering de GNL es el proceso de transferir GNL a un barco para usarlo como combustible. Es un método popular para repostar barcos porque es un método menos contaminante en comparación con otros métodos tradicionales de repostaje como el gasóleo marino y el fuelóleo pesado.
«Estudios Independientes confirman que el GNL reduce las emisiones de efecto invernadero del transporte hasta en un 23%» SEA-LNG
De acuerdo con el último reporte de SEA-LNG, ha habido un aumento espectacular del abastecimiento de combustible de barco a barco. A principios de 2019, solo había seis buques de abastecimiento de GNL en todo el mundo. A partir de enero de 2020, existían 12 en funcionamiento con otros 27 en orden y/o en proceso de puesta en servicio, la mayoría debe entrar en servicio dentro de los próximos dos años
«La infraestructura de abastecimiento de combustible para respaldar el GNL como combustible marino continúa creciendo. Ahora se puede entregar a buques en unos 96 puertos, incluida la mayoría de los principales puertos de abastecimiento de combustible, con otros 55 puertos en proceso de facilitar las inversiones y operaciones de abastecimiento de GNL» dijo SEA-LNG.
Los anexos que integran esta Disposición podrán ser consultados en el sitio web de la Prefectura Naval Argentina en Prefectura Naval Argentina | Argentina.gob.ar

Erick Alejandro Oms
Es Abogado. Egresado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L.P – Argentina. Socio de la firma “Lesmi y Moreno”- Abogados especialista en Derecho Marítimo. Docente. Investigador. Prof. Titular de las Cátedras de Derecho del Transporte de la Universidad del Salvador y de Derecho Marítimo y Aeronáutico de la Universidad Católica de La Plata. Adjunto (i) de la Cátedra de Derecho Marítimo de la Universidad Nacional de La Plata. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Marítimo y del Instituto Iberoamericano de Derecho Marítimo. Oficial de la Reserva Naval.